4 de septiembre de 2026חדשות 13 – חדשות

La Corte Suprema falla: anulada la enmienda que congelaba arrestos de desertores ultraortodoxos

La Corte Suprema ha ordenado por unanimidad la anulación de la enmienda legal destinada a congelar los procedimientos de aplicación de la ley, investigación y arresto contra desertores ultraortodoxos. Los magistrados determinaron que el proceso legislativo estuvo viciado y que la ley es inconstitucional, al vulnerar gravemente el derecho a la igualdad sin cumplir los criterios de la cláusula de limitación.

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Por qué es importante

La decisión regula las facultades de las autoridades militares para actuar contra desertores y aclara los límites legales respecto al estatus de los estudiantes de yeshivá, protegiendo el derecho a la igualdad.

Puntos clave

  • ▪La Corte Suprema anuló por unanimidad la enmienda que congelaba los arrestos de desertores ultraortodoxos.
  • ▪La anulación se basó en un vicio procedimental grave contrario al reglamento de la Knéset.
  • ▪La mayoría de los jueces determinó que la ley es inconstitucional por vulnerar el derecho a la igualdad.
  • ▪La decisión fue tomada por un panel ampliado de nueve jueces tras varios recursos presentados.
  • ▪La orden absoluta exige la anulación de la ley y permite la continuación de las detenciones.

La Corte Suprema ha publicado una decisión trascendental sobre la ley destinada a congelar la aplicación de la ley contra los desertores ultraortodoxos, impidiendo así sus arrestos e investigaciones. La decisión fue adoptada por unanimidad por un panel ampliado de nueve jueces, encabezado por el vicepresidente de la Corte, Noam Sohlberg. El panel incluyó a los jueces Daphne Barak-Erez, David Mintz, Yael Willner, Ofer Grosskopf, Alex Stein, Gila Canfi-Steinitz, Yechiel Kasher y Ruth Ronen.

El fallo se emitió en el marco de cinco recursos presentados contra la enmienda, entre otros, por el líder de la oposición Yair Lapid y el diputado Avigdor Liberman. En la base de los recursos figuraba el argumento de que la ley concedía inmunidad penal a los desertores, perjudicando gravemente el principio de igualdad de cargas y el estado de derecho, especialmente en tiempos de guerra, cuando el peso del servicio militar recae sobre los soldados regulares y los reservistas.

El vicepresidente Sohlberg, quien redactó el dictamen principal con el acuerdo del resto de magistrados, determinó que la enmienda padecía un vicio de procedimiento grave. Se estableció que la ley se apartaba sustancialmente de la materia del proyecto original aprobado en primera lectura, vulnerando así el reglamento de la Knéset. Por lo tanto, el panel concluyó que la ley, en la práctica, no había superado la primera lectura, lo que exigía su anulación inmediata.

Además del defecto procedimental, ocho de los nueve jueces consideraron necesario pronunciarse sobre el plano constitucional. En la opinión mayoritaria, se determinó que la ley es inconstitucional en sí misma, al vulnerar gravemente el derecho a la igualdad de un modo que no cumple con las pruebas de la cláusula de limitación. El juez David Mintz mantuvo una opinión minoritaria respecto a la determinación constitucional, pero se sumó a la anulación por el vicio de procedimiento.

Esta resolución marca el punto culminante de un complejo proceso legal, que incluyó previamente una orden temporal emitida por el juez Ofer Grosskopf para congelar la entrada en vigor de la ley ante graves preocupaciones sobre la aplicación selectiva y el perjuicio a las poblaciones que realizan el servicio. Esta decisión restablece el statu quo legal y permite continuar los procedimientos contra los desertores tal como existían antes del intento de enmienda. El fallo constituye un hito en el intenso debate público y jurídico en Israel sobre el reclutamiento de estudiantes de yeshivá y la esencia del servicio militar.

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